Análisis de la necesidad e impacto de la inserción del artículo 473-A. - Alimentos a padres adultos mayores en el Código Civil Peruano 2024
Abstract
El presente estudio analiza la necesidad y el impacto de la inserción del Artículo 473-A sobre alimentos a padres Adultos Mayores en el Código Civil Peruano 2024. Actualmente, el artículo 473 del Código Civil se enfoca en la provisión de alimentos a hijos mayores de edad incapacitados física o mentalmente, lo que deja desprotegidos a los padres adultos mayores que necesitan solicitar alimentos a sus hijos. Esta situación obliga incorrectamente a los adultos mayores a recurrir a un artículo destinado a los descendientes y no a los ascendientes. Ya que el artículo 473, titulado "Alimentos a hijos mayores de edad," se centra en los hijos que solicitan alimentos a sus padres, generando un vacío legal para los padres adultos mayores. Además, este artículo exige que los solicitantes demuestren una discapacidad física o mental y establece una prelación de obligados en el artículo 475, priorizando al cónyuge sobre los hijos. La investigación se basa en un análisis exhaustivo del marco legal actual, identificando lagunas significativas en la protección de los adultos mayores en el Perú. La metodología empleada es de naturaleza básica, cualitativa y propositiva, utilizando una revisión documental de legislaciones comparadas y jurisprudencia relevante. Los resultados del estudio evidencian la necesidad urgente de una normativa específica que garantice el derecho de los adultos mayores a recibir alimentos de sus hijos sin la necesidad de demostrar una discapacidad física o mental. A los 60 años, es común que los adultos mayores comiencen a padecer diversas enfermedades y limitaciones físicas debido al ciclo natural de la vida. Por lo tanto, se propone la inserción del artículo 473-A, que presumiría la necesidad de alimentos para los padres adultos mayores, similar a la presunción de necesidad de alimentos para los menores de edad en el marco legal actual. Este artículo aseguraría que los padres, quienes en su momento proveyeron sustento a sus hijos, puedan recibir el mismo apoyo en su adultez mayor cuando más lo necesitan. La implementación del artículo 473-A fortalecerá la protección jurídica de los adultos mayores, promoviendo su bienestar y dignidad. Se concluye que esta normativa específica es esencial para garantizar una mejor calidad de vida para los adultos mayores. Además, se recomienda la educación y sensibilización de la población, así como el monitoreo y evaluación continuos, para asegurar la efectividad de esta normativa.